Artículo 18
Artículo 18.—Protección
del personal de auditoría. Cuando el personal de auditoría interna en el
cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una
demanda, el Tribunal Registral Administrativo dará todo su respaldo tanto
jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender el proceso hasta su
resolución final. Todo de acuerdo a lo que establece el artículo 26 de la Ley General de
Control Interno, Nº 8292.
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