Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35069 >> Fecha 04/02/2009 >> Articulo 24
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 24     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 35069 - Articulo 24
Ir al final de los resultados
Artículo 24    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 24

Artículo 24.—Funciones referentes al personal. En cuanto al personal de la Auditoría Interna, el Auditor tendrá las siguientes potestades:

a)  Autorizar los movimientos de personal de conformidad con lo que establecen los artículos 24 y 28 de la Ley General de Control Interno, Nº 8292.

b)  Gestionar oportunamente lo relativo a las plazas vacantes de la unidad a su cargo.

c)  Vigilar y tomar las decisiones que correspondan para que los funcionarios a su cargo cumplan en el ejercicio de sus competencias, con la normativa jurídica técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos, prácticas y demás disposiciones administrativas.


 

Ir al inicio de los resultados