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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35069 >> Fecha 04/02/2009 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35069 - Articulo 43
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Artículo 43    (No vigente*)
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Artículo 43

Artículo 43.—Campos de acción. Los trabajos de auditoría o de estudios especiales abarcarán todas las actividades institucionales, incluyendo las funciones administrativas, financieras, contables, presupuestarias, movimiento e inversión de recursos, deuda, obligaciones, desembolso y gastos en general y todas las que apliquen un cambio en el patrimonio del TRA y de los servicios que presta.


 

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