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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35069 >> Fecha 04/02/2009 >> Articulo 48
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35069 - Articulo 48
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Artículo 48    (No vigente*)
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Artículo 48

Artículo 48.—Informe especial o de relación de hechos. Los “Informes especiales o de relación de hechos” son informes de naturaleza confidencial, sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles responsabilidades para funcionarios, ex funcionarios de la Institución y terceros. Sobre éstos no debe hacerse comunicación oral de resultados y están sujetos a las disposiciones del artículo 6 de la Ley General de Control Interno, Nº 8292, del artículo 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Nº 8422 y demás normativa aplicable.


 

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