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 Normativa >> Reglamento 01 >> Fecha 28/01/2009 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento 01 - Articulo 6
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Artículo 6    Tipo: Anexo
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ANEXO 6

ANEXO 6

INSTRUCTIVO PARA ELABORAR EL INFORME CERTIFICADO DE

SEGUIMIENTO PARA PROYECTOS PSA DE PROTECCIÓN DE BOSQUE,

PROTECCIÓN DE BOSQUE EN VACÍOS DE CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN

DE RECURSO HÍDRICO Y PROYECTOS DE REGENERACION NATURAL

Para el trámite de los pagos a los 12, 24, 36 y 48 meses de la firma del contrato, el Regente Forestal debe presentar la certificación considerando los siguientes aspectos:

El suscrito ____________, Nº colegiado ______, En mi calidad de Regente Forestal, con póliza de fidelidad Nº ______, amparado a la Ley Forestal, su reglamentación, sus modificaciones y la normativa vigente. Certifico el estado del bosque o de la regeneración natural de acuerdo a los siguientes criterios.

1.    Indicar el nombre del propietario, folio real y área efectiva de PSA.

2.    Agregar el número de contrato PSA y el número de cuota respectiva.

3.    Número de formulario de regencia, fecha de visita.

4.    Indicar las acciones realizadas para evitar la cacería, tala e incendios forestales, rotulación e informar de cualquier anomalía detectada.

5.    Para los pagos posteriores, el Regente Forestal debe certificar el estado del bosque o del estado de la regeneración natural existente.

6.    En caso de fincas en posesión o contratos por año vencido, el Regente debe certificar que el bosque fue protegido en los últimos doce meses.

7.    En todos los casos, las Certificaciones deben ser elaborados en papel de seguridad, contener el nombre, número de colegiado y firma del profesional responsable, la fecha de elaboración y con los timbres respectivos.


 

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