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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35139 >> Fecha 18/03/2009 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35139 - Articulo 4
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Artículo 4
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Articulo 4º—Se declaran de interés público las actividades que realice el ICE y sus empresas en el cumplimiento de lo dispuest

Articulo 4º—Se declaran de interés público las actividades que realice el ICE y sus empresas en el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto Ejecutivo. Los órganos y entes públicos y las empresas del Estado y sus instituciones, quedan facultadas para colaborar en el logro de los objetivos de la Comisión y los proyectos de Gobierno Digital que ejecuten el ICE y sus empresas, conforme sus competencias y la disponibilidad legal de recursos. Asimismo, las empresas privadas podrán colaborar para esos fines y en esas actividades.


 

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