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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35148 >> Fecha 24/02/2009 >> Articulo 206
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35148 - Articulo 206
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Artículo 206
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Artículo 206

Artículo 206.—Refórmese la frase final del artículo 38 del Decreto Ejecutivo Nº 31849 del 24 de mayo del 2004, Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) para que se lea:

 

Artículo 38.—Plazo de revisión de los EsIA.

[…]

 

En estos casos, la SETENA comunicará de forma oficial al desarrollador el plazo fijado, el cual, no sobrepasará el máximo de 2 meses. La SETENA reforzará la gestión de fiscalización posterior durante el proyecto o megaproyecto y su posterior operación.


 

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