Artículo 3º—Refórmese el Anexo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 34728-S del 28
de mayo del 2008, publicado en el Alcance Nº 33 a La
Artículo
3º—Refórmese el Anexo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 34728-S del 28 de mayo del
2008, publicado en el Alcance Nº 33 a La Gaceta Nº 174
de 9 de setiembre del 2008 “Reglamento General para el otorgamiento de Permisos
de Funcionamiento del Ministerio de Salud”, para que en el apartado “Establecimientos
de Grupo C” el código “C002 Establecimientos de atención con servicios de
estética, cosmetología, peluquería y salas de belleza de moderado y bajo
riesgo” se elimine y en el apartado “Establecimientos del Grupo B”, se
incorpore el código B035 “Establecimientos de belleza y estética asociados a
procedimientos invasivos.”
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