Artículo 7º—Responsabilidades de la construcción: Para efecto del
presente reglamento se tienen como responsables de la constr
Artículo 7º—Responsabilidades
de la construcción: Para efecto del presente reglamento se tienen como
responsables de la construcción de las partes del sistema de alcantarillado
sanitario a las siguientes personas:
• En caso construcción de una vivienda por lote
es responsabilidad del usuario, mediante la empresa constructora, la
construcción de las obras de conexión intra-domiciliaria hasta la caja sifón
inclusive, aun cuando no exista alcantarillado sanitario o este no se encuentre
en funcionamiento. Lo anterior con el fin de futuras conexiones al mismo.
• En caso de construcción de una urbanización
es responsabilidad de la empresa desarrolladora o empresa constructora la
construcción de todas las obras que conforman el sistema de alcantarillado
sanitario. Estas obras serán responsabilidad de la Municipalidad en
caso de haber recibido previamente las obras a satisfacción.
• Las obras de prevista deben construirse según
lo indicado en las especificaciones técnicas del Alcantarillado Sanitario con
operación por gravedad, artículo 19, aparte c, del presente reglamento.
• Toda planta de tratamiento de Aguas
Residuales contará dentro del espacio cercado por malla ciclón de obras de
casetilla de control, protección y vigilancia. La construcción de estas obras
será responsabilidad del constructor o desarrollador.
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