Resolución
R-SINAC-021-2009.—De conformidad a los artículos 25 de la Ley de Biodiversidad
Nº 7788 y 12 inciso c) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad,
Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE publicado en La Gaceta Nº 68 del
08 de abril del 2008, el Consejo Nacional de Áreas de Conservación mediante
Acuerdo Nº 15 de la
Sesión Extraordinaria Nº 6 realizada el
día 22 de setiembre del año 2008 aprobó y delegó la firma en el Secretario
Ejecutivo para la oficialización de los
ESTÁNDARES
DE SOSTENIBILIDAD PARA
MANEJO
DE BOSQUES NATURALES:
CÓDIGO
DE PRÁCTICAS
I.—INTRODUCCIÓN
El código de
prácticas define la forma de intervenir el bosque, con el fin de cumplir con el
objetivo privado y público de manejo, pero que a la vez garantice el menor
impacto posible sobre el ecosistema, siguiendo los Principios, Criterios e
Indicadores para Manejo de Bosques Naturales.
Este código de
prácticas forestales es un conjunto de normas y directrices elaboradas para
garantizar la integridad ecológica del bosque y minimizar el impacto del
aprovechamiento. Además sugiere a los técnicos y a las empresas forestales
metodologías y buenas prácticas que pueden adoptar para realizar las
operaciones de manejo (ordenación) en la utilización de los bosques. Las
medidas adoptadas de acuerdo a las normas o directivas deben permitir alcanzar
el resultado deseado (por ejemplo la extracción de madera comercial en una zona
de bosque determinada) ajustándose a las normas de una ordenación forestal
sostenible.
II.—ASPECTOS LEGALES DEL MANEJO DE BOSQUES EN COSTA RICA
De acuerdo con el
artículo 20 de la
Ley Forestal Nº 7575, publicada en el Alcance Nº 21 a La Gaceta Nº 72
del 16 de abril de 1996, los bosques podrán aprovecharse solo si cuentan con un
plan de manejo que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente. La Administración
Forestal del Estado (AFE) lo debe aprobar según
criterios de sostenibilidad certificados de previo, conforme a los principios
de fiscalización y los procedimientos que se establezcan en el reglamento de la
ley para ese fin. Al aprobarse el plan de manejo en bosque, se tiene por
autorizada su ejecución durante el período contemplado en él, sin que sea
necesario obtener periódicamente nuevas autorizaciones para el aprovechamiento.
Según el Decreto
Ejecutivo Nº 34559-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 115
del 16 de junio de 2008, el manejo sostenible de los bosques naturales se
realizará de acuerdo a los Principios numerados del 1 al 3 y sus respectivos
Criterios e Indicadores, al Código de Prácticas y al Manual de Procedimientos
que forman parte integral de los Estándares de Sostenibilidad para Manejo de
Bosques Naturales en Costa Rica.
Los Estándares de
Sostenibilidad para Manejo de Bosques Naturales deben ser una herramienta que
defina claramente las funciones e intereses de los diferentes actores
relacionados con el bosque natural. Por lo cual se deben utilizar tres
instrumentos de trabajo que definen los Estándares de Sostenibilidad y que
están vinculados entre si:
a) Los Principios, Criterios e Indicadores,
como instrumento que vela por los intereses de la sociedad y que pretenden
medir la integridad de los bosques manejados.
b) El Código de Prácticas, como un
instrumento que regula las actividades privadas de manejo en el bosque como actividad
productiva y define el campo de acción del ingeniero forestal, del regente
forestal, del dueño de bosque y del encargado del aprovechamiento.
c) El Manual de Procedimientos, como un
instrumento de la
Administración Forestal del Estado (AFE)
para garantizar la gobernabilidad del sector forestal y un acceso eficiente a
la legalidad del aprovechamiento de los recursos forestales provenientes de
bosques manejados, así como para definir el campo de acción del oficial de la AFE.
Dada la naturaleza
de los Estándares de Sostenibilidad para Manejo de Bosques Naturales, el plan
de manejo forestal, sus planes operativos y los protocolos de aprovechamiento
forestal consideran las medidas de reducción y mitigación del impacto ambiental
que el aprovechamiento forestal y los tratamientos silviculturales tendrán
sobre el ecosistema forestal y la calidad de sus servicios ambientales si
cumple integralmente con los Principios, Criterios e Indicadores, Código de
Prácticas y Manual de Procedimientos, oficialmente aprobados.
La AFE, considerando los
elementos que sirven de ejes transversales con los Principios, Criterios e
Indicadores para Manejo de Bosques Naturales, definidos en el artículo 3 del
Decreto Nº 34559-MINAE, define a continuación el siguiente Código de Prácticas
en procura de garantizar un manejo forestal sostenible del bosque natural
dentro de un marco de seguridad jurídica.
III.—TERMINOLOGÍA
En este Código de
Prácticas se estarán utilizando los siguientes términos que se considera
necesario definir con claridad:
• AFE: Administración Forestal del Estado.
• Bosque: Según la definición de la Ley Forestal Nº
7575: Ecosistema nativo o autóctono, intervenido o no, regenerado por sucesión
natural u otras técnicas forestales, que ocupa una superficie de dos o más hectáreas,
caracterizada por la presencia de árboles maduros de diferentes edades,
especies y porte variado, con uno o más doseles que cubran más del setenta por
ciento (70%) de esa superficie y donde existan más de sesenta árboles por
hectárea de quince o más centímetros de diámetro medido a la altura del pecho
(dap).
• Criterio: Estado o aspecto de un proceso
dinámico del ecosistema forestal, o del sistema social, que debería existir
como resultado de adherencia a un principio de manejo forestal sostenible.
Deben conducir a un juicio sobre el grado de cumplimiento en una situación
actual. Fuente: Morán et ál (2006).
• Cuartel de corta: área que se pretende
aprovechar en un mismo período de tiempo continuo, puede ser en el mismo año o
en una misma época seca.
• Dap: diámetro a la altura del pecho, es decir
diámetro del árbol medido a la altura del pecho (1,30 metros desde
el suelo).
• Gremios ecológicos: clasificación basada en
los requerimientos de luz para la germinación y establecimiento de especies
forestales y palmas. Para efectos prácticos se consideran tres gremios:
o Heliófitas
efímeras: son especies que requieren de altos niveles de luz para su
germinación y establecimiento, de tal manera que su reclutamiento está
restringido a etapas sucesionales muy jóvenes o a claros de bosque grandes. Por
lo general son especies que no representan valor desde el punto de vista
maderero y su vida es corta (entre 15 a 50
años).
o Heliófitas durables: son especies que se
establecen en etapas sucesionales tempranas, pero tienen una longevidad
considerablemente mayor a las especies heliófitas efímeras (Budowski, 1965;
Finegan, 1996). Este grupo de especies tiene para su regeneración un rango de
requerimientos más amplio que las especies heliófitas efímeras (Finegan,1996), ydomina la última fase de la sucesión secundaria
(e.g. Budowski, 1965; Finegan, 1996; Richards, 1996). Actualmente existe un
gran interés por este grupo debido a razones económicas y a que tienen altas
tasas de crecimiento y están presentes en bosques secundarios en altas
densidades (e.g. Müller y Solís, 1997). Este grupo incluye varias especies de
alto valor comercial tales como: pilón, almendro, cedro amargo, caoba.
o Especies esciófitas: son especies que pueden
establecerse y desarrollarse con bajos niveles de iluminación, por lo que se
pueden regenerarse en etapas sucesionales dominadas por especies heliófitas.
• Debido a lo anterior, el manejo de estos
gremios ecológicos se ha convertido en una opción práctica para manejar bosques
ricos en diversidad florística, en contraste al manejo de especies individuales
(Panayotou y Ashton 1992). Existe un número de especies que no se han podido
clasificar en estos gremios ecológicos, por lo que se denominan indeterminadas; acá se incluyen los individuos de especies
desconocidas.
• Indicador: Parámetro cuantitativo o
cualitativo que se puede evaluar en relación con un criterio. Describe de
manera verificable y objetiva, las características del ecosistema forestal o
del sistema social relacionado, o los elementos de la política corriente,
condiciones de manejo y procesos antropogénicos indicativos del estado del
ecosistema o sistema social. Fuente: Morán et ál (2006)
• Manejo policíclico: Es la ordenación del
recurso para obtener cosechas del producto deseado de manera sostenida a lo
largo del tiempo.
• Plan de manejo: Conjunto de normas técnicas
plasmadas en un documento que regularán las acciones a ejecutar en una o varias
unidades de manejo con el fin de aprovechar, conservar y desarrollar la
vegetación arbórea que exista, de acuerdo con el principio de uso racional de
los recursos naturales renovables que garantizan la sostenibilidad del recurso.
• Plan Operativo Anual de Aprovechamiento
(POAa): Es un plan táctico a corto plazo referente a la planificación y ejecución
de los aprovechamientos (cosechas) forestales de manera rolliza en un cuartel
de corta. Fuente: Orozco (2004).
• Principio: pauta fundamental, base para
razonamiento y acciones. Tiene carácter de objetivo o actitud de la función del
ecosistema forestal, o de un aspecto relevante del sistema social que
interactúa con el ecosistema. Son elementos explícitos de una meta. Fuente:
Morán et ál (2006).
• Registros confiables: Es aquella información
proveniente de los planes de manejo integrados en un expediente de la AFE, y que documentan,
mediante resoluciones de aprobación, informes de regencia; documento de plan de
manejo; mapas de la UMF, o
cualquier otro documento oficial; aspectos como fecha de cierre del
aprovechamiento (o no aprovechamiento), especies aprovechadas y no
aprovechadas, áreas cosechadas y no cosechadas, turno de corta aprobado,
inventario forestal anterior, censo de árboles remanentes. Inconsistencias
dendrológicas, de mapeo de la
UMF (área y ubicación) descalifican parcial o
totalmente la utilidad de estos registros.
• Umbral: Es el valor de una variable de
monitoreo que indica que un cierto cambio ha ocurrido, o es probable que ocurra
según datos disponibles. Fuente: Finegan, et ál (2004).
• Unidad de manejo: área de bosque que
pertenece a uno o varios predios que comparte un conjunto de normas técnicas
que regulan las acciones de manejo a ejecutar.
Referencias de los
documentos citados:
Finegan,
B; Hayes, J; Delgado, D; Gretzinger, S. 2004. Monitoreo ecológico del manejo
forestal en el trópico húmedo: Una guía para operadores forestales y
certificadores con énfasis en Bosques de Alto Valor para la Conservación. WWF
Centroamérica. p. 40.
Morán
M., Campos J., Louman B. 2006. Uso de principios, criterios e indicadores para
monitorear y evaluar las acciones y efectos de políticas en el manejo de los
recursos naturales. Turrialba, CR, CATIE. 73p. (Serie técnica. Informe Técnico
no.347).
Orozco,
L. (ed). 2004. Planificación del manejo diversificado de bosques latifoliados
húmedos tropicales. Turrialba, CR, CATIE. 329 p. (Serie Técnica. Manual Técnico
no.56).
IV.—PRINCIPIO Nº 1: SOBRE SEGURIDAD JURÍDICA Y SEGUIMIENTO EN
TIEMPO Y ESPACIO DEL MANEJO FORESTAL. El manejo forestal asegura la permanencia
del bosque en el paisaje.
Criterio
1.1: De seguimiento espacial. Se lleva un registro de la cobertura forestal
bajo manejo para controlar el cambio de uso del suelo y garantizar su
permanencia en tiempo y espacio.
• Procedimiento de localización de las Unidades
de Manejo Forestal (UMF) en los inmuebles.
El profesional forestal que elabora el plan
de manejo georeferencia al menos tres puntos del derrotero del plano catastrado
de la finca o las fincas en donde se ubica el área a manejar. Los puntos son
tomados con un receptor de Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y la
información se entrega en el sistema de coordenadas geográficas latitud y
longitud con el Datum WGS 84. Los puntos a georeferenciar no pueden ser
adyacentes y además son escogidos de tal manera que circunscriban un triángulo
dentro de la figura de la finca.
En caso de existir un desplazamiento mayor a 500 metros de la
ubicación real del inmueble en la ubicación cartográfica del plano catastrado,
se requiere una certificación de la ubicación topográfica emitida por un
topógrafo, con la finalidad de amparar la situación real del mismo.
El área de bosque a manejar es ubicada
claramente dentro del área de la finca que ha sido georeferenciada. Su forma
perimetral puede ser determinada a través de un recorrido con GPS, utilizando
como apoyo el derrotero del plano catastrado, siguiendo el diseño de los
transeptos que se utilizan como base de la planificación u otro método
cartográfico técnicamente apropiado. Independientemente del método escogido se
determina el área, su ubicación y su uso actual del suelo.
• Términos de referencia para la elaboración
del Mapa de Uso de la
Tierra que incluye las UMF y los tipos de uso de la
tierra
En el mapa de uso actual del suelo se ilustra
la ubicación y dimensión de cada tipo de uso y además se ubican claramente las
Unidades de Manejo Forestal. La escala del mapa permite la fácil identificación
de los elementos del mismo y el pliego muestra los elementos mínimos para ser
considerado como un mapa: ubicación política de la propiedad, identificación y
firma del profesional forestal, nombre del propietario, fecha de elaboración,
escala, norte y simbología.
• Control del cambio de uso del suelo
Según el artículo 19 de la Ley Forestal Nº
7575, en terrenos cubiertos de bosque, no se permite cambiar el uso del suelo,
ni establecer plantaciones forestales. Sin embargo, la Administración
Forestal del Estado puede otorgar permiso en esas
áreas para los siguientes fines:
a) Construir casas de habitación, oficinas,
establos, corrales, viveros, caminos, puentes e instalaciones destinadas a la
recreación, el ecoturismo y otras mejoras análogas en terrenos y fincas de
dominio privado donde se localicen los bosques.
b) Llevar a cabo proyectos de infraestructura,
estatales o privados, de conveniencia nacional.
c) Cortar los árboles por razones de seguridad
humana o de interés científico.
d) Prevenir incendios forestales, desastres
naturales u otras causas análogas o sus consecuencias.
En
estos casos, la corta del bosque es limitada, proporcional y razonable para los
fines antes expuestos. Previamente, se debe llenar un cuestionario de
preselección ante la AFE para
determinar la posibilidad de exigir una evaluación de impacto ambiental, según
lo establezca el reglamento de la ley.
Si el profesional que elabora el plan de
manejo detecta un cambio de uso del suelo que no está contemplado en las
anteriores excepciones, debe comunicar por escrito la anomalía ante la AFE para que esta
asuma el debido proceso.
Criterio
1.2: De tenencia clara. La tenencia y derechos de uso de los bosques bajo manejo
forestal están claramente definidos.
• Procedimiento de verificación de la tenencia
y derechos de uso del bosque a manejar.
El profesional forestal que elabora el plan
de manejo verifica que la tenencia y derechos de uso del bosque a manejar están
claramente definidos, de acuerdo con los documentos legales aportados por el
propietario, arrendatario, poseedor o representante legal. Asimismo, verifica
que el inmueble cuenta con un plano debidamente catastrado y que la unidad de
manejo no presenta conflictos de tenencia en el campo, los linderos de la
propiedad deben estar claramente definidos en el terreno y deben concordar con
la documentación catastral suministrada.
Criterio
1.3: De seguimiento en el tiempo. Se mantiene un registro de actividades
históricas y por ejecutar que permite el seguimiento y garantiza el manejo
forestal del bosque a largo plazo.
• Términos de referencia para el
establecimiento del Registro Histórico de Unidades de Manejo y Cronograma de
Actividades de Manejo Policíclico.
El profesional forestal que elabora el plan
de manejo completa y presenta ante la
AFE el Formulario de Ingreso al Registro Histórico de
Unidades de Manejo (Anexo 1). Asimismo, confecciona un cronograma de
actividades de manejo policíclico para un ciclo de corta o presenta una
actualización del cronograma de actividades de manejo policíclico cuando cuenta
con un Plan de Manejo aprobado.
Los planes de manejo y sus respectivos
cronogramas de actividades aprobados son respetados en el tiempo, tanto por el
Interesado como por la
AFE, para garantizar la seguridad jurídica del manejo
del bosque.
• Tipificación de los planes de manejo según la
existencia de registros anteriores.
De acuerdo con la existencia de registros
confiables de las intervenciones pasadas de la unidad de manejo, se han
definido dos tipos de Plan de Manejo:
Plan
de Manejo para bosques naturales sin registros anteriores
Dentro de esta categoría se incluyen aquellos
bosques intervenidos que, a pesar de haber sufrido intervenciones anteriores,
no cuentan con un registro confiable de las variables silvícolas que permita
comparar la condición actual del bosque con la condición del bosque no
disturbado o con una línea base. Dadas estas condiciones se debe utilizar la Guía
Metodológica para el Manejo Policíclico y Protocolo de
Aprovechamiento Forestal de Impacto Reducido en Bosques Naturales Sin Registros
Anteriores (Anexo 2).
Plan
de Manejo para bosques naturales con registros históricos confiables
En estos casos para la unidad de manejo
existen registros confiables de las intervenciones pasadas, contemplados en
planes de manejo y en los planes de aprovechamiento, también conocidos como
planes operativos anuales de aprovechamiento (POAa), debidamente aprobados y
registrados por la
AFE Dadas estas condiciones se debe utilizar la Guía
Metodológica para el Manejo Policíclico y Protocolo de
Aprovechamiento Forestal de Impacto Reducido en Bosques Naturales Con Registros
Históricos Confiables (Anexo 3).
A
partir de la implementación del Registro Histórico de Unidades de Manejo y
Cronograma de Actividades de Manejo Policíclico, en el futuro todas las
unidades de manejo contarán con un registro confiable de su historial que
permitirá verificar en cualquier momento la cronología y el tipo de actividades
de manejo realizadas y, por lo tanto, comparar la condición presente del bosque
con respecto a una línea base.
• Lógica de implementación de planes generales
y planes operativos anuales de aprovechamiento (POAa)
Tanto en los casos en que existan registros
como en aquellos en donde no se cuenta con información, el Plan de Manejo se
compone de un Plan General y Planes Operativos Anuales de Aprovechamiento
(POAa). El número de POAa está definido por el número de cuarteles de corta (un
POAa por cada cuartel). Como una forma de integrar dentro de una misma
iniciativa de manejo un conjunto de inmuebles de diferentes propietarios, tanto
fuera como dentro de un Área Silvestre Protegida donde el manejo sea permitido,
se puede incluir en un mismo Plan de Manejo varios inmuebles de un propietario
o de varios, siempre y cuando cumplan con los requerimientos legales
correspondientes citados en el Manual de Procedimientos.
V.—PRINCIPIO
Nº 2: SOBRE EL MANTENIMIENTO DE LAS FUNCIONES ECOSISTÉMICAS DEL BOSQUE NATURAL
DISETÁNEO. El bosque bajo manejo forestal mantiene su estructura y composición.
La gran diversidad
de organismos y sus relaciones en los ecosistemas representados en los bosques
naturales de Costa Rica son sumamente complejas y difícilmente llegaremos a
comprenderlas en su totalidad. Por esta razón y, puesto que no podemos esperar
a tener todas las respuestas para dar soluciones a la desaparición de las áreas
boscosas, el manejo forestal parte de la premisa de que, al mantener en lo
posible las características originales del bosque, entre ellas estructura y
composición, podemos asegurarnos la permanencia en el tiempo de nuestros
recursos.
Criterio
2.1: De manejo por tipo de bosque. El bosque es ubicado y tipificado en el
contexto del paisaje forestal circundante, lo cual permite prescribir y evaluar
la condición del bosque bajo manejo forestal considerando sus características
particulares.
• Términos de referencia para la ubicación y
tipificación del bosque en el contexto del paisaje forestal circundante.
La planificación del manejo de bosque es a
nivel de unidad de manejo, no obstante, ya que se cuenta con una ubicación
geográfica confiable, es posible ubicar la unidad de manejo en el contexto del
paisaje forestal circundante, lo cual permite vincularla con el tipo de bosque
presente en el área y relacionarla con el estado de otras masas de bosques del
mismo tipo. En la actualidad se cuenta con un mapa de tipos de bosque para una
sección de la
Región Huetar Norte y Atlántica (Anexo 4), se espera que
este tipo de estudio sea ampliado a otras regiones del país en el futuro, con
el fin de que la nueva información sea incluida en este Código de Prácticas.
En las regiones en donde existan mapas de
tipos de bosque disponibles y estén contemplados en este Código de Prácticas,
el profesional que realiza el Plan de Manejo ubica la unidad de manejo en el
contexto del paisaje forestal circundante para determinar a qué tipo de bosque
pertenece.
Criterio
2.2: De mantenimiento de la condición disetánea del bosque natural. El manejo
forestal mantiene la estructura disetánea y composición del bosque.
• Inventario forestal
Para conocer las variables silvícolas
(especies, área basal y número de árboles) del bosque y la proporción de los
árboles en sus especies y gremios, especialmente del gremio de las heliófitas
efímeras, se debe partir de un inventario forestal por muestreo, cuyas
características se encuentran descritas en detalle en las Guías Metodológicas
para el Manejo Policíclico y Protocolo de Aprovechamiento Forestal de Impacto
Reducido en Bosques Naturales (Anexos 2 y 3).
En los casos en que así se requiera, se
estratifica la unidad de manejo antes de realizar el diseño de muestreo,
siguiendo los principios básicos de la estadística. Zonas con eliminación del
sotobosque (socola), las afectadas por incendios forestales, áreas de cultivos
agrícolas o actividades de pastoreo u otras, dentro del bosque, son excluidas
del diseño y son contabilizadas dentro del respectivo tipo de uso actual del
suelo.
A nivel de campo, se sugiere para el
inventario forestal la siguiente metodología:
• Se inicia con el establecimiento de la pica
madre (PM). A partir de la PM
surgen los transeptos de medición, los cuales se abren perpendicularmente a la PM. Solamente, para
aquellos terrenos cuya pendiente promedio no sobrepase un 5%, se justifica una
distancia máxima entre transeptos de 100 metros.
Sobre el transepto se dejan balizas cada 25 metros,
marcando el número de transepto y la distancia acumulada en el borde superior
de las balizas o en un árbol vivo adyacente, cada 100 metros. Se
georeferencia al menos un punto de la pica madre que sirve como base para la
construcción de los transeptos. Para el establecimiento de la PM y los transeptos
se pueden utilizar otros recursos tecnológicos como imágenes ortorectificadas,
modelos de elevación digital y/o sistemas de posicionamiento global.
• Se utilizan parcelas de muestreo
rectangulares de 30
metros de ancho por 100 metros de
largo (0,3 ha)
distribuidas de manera sistemática, partiendo de la distancia entre los
transeptos perpendiculares a la pica madre como distancia base para ubicar
sistemáticamente las parcelas de muestreo.
• Los transeptos perpendiculares a la pica
madre sirven de línea central para la parcela de muestreo. Se marca el inicio y
el final de la parcela con las iniciales IP con el número de la parcela al
inicio y FP al final con el número de la parcela.
• Cualquier cambio en la metodología sugerida
anteriormente deberá ser descrito detalladamente.
Para cualquier metodología utilizada, en las
parcelas de muestreo se mide toda la vegetación mayor o igual a 30 cm de
diámetro. Además se estable una subparcela equivalente a un cuarto del área de
la parcela de muestreo en donde se deben medir los individuos mayores o iguales
a 10 cm de
diámetro. Estas subparcelas deben ser ubicadas de forma consistente, por
ejemplo, en parcelas rectangulares de 30 m x 100 m (0,3 ha) las
subparcelas serían de 30 m x 25 m (0,075 ha) al
inicio o al final de la parcela de muestreo, de manera sincronizada al
levantamiento de toda la parcela.
En el inventario forestal se registra el
número de árbol, el diámetro y la especie de todos los individuos con dap mayor
o igual a 10 cm en
las subparcelas y el número de árbol, el diámetro y la especie de todos los
individuos con dap mayor o igual a 30 cm en
las parcelas de muestreo. Los árboles que han sido incluidos dentro de la
parcela quedan marcados con una mancha de pintura (como la producida por un
spray dirigida a un solo punto), en la cara del árbol que está en dirección al
transepto del inventario. Para facilitar la revisión de los datos del
inventario forestal por parte de los funcionarios de la AFE, se recomienda
numerar cada uno de los árboles consecutivamente en la parcela y subparcela. Si
los árboles son numerados, entonces no es necesario marcar con un punto el
árbol.
Se requiere que el error de muestreo del área
basal para todas las especies de los árboles con dap mayor o igual a 30 cm sea
menor o igual al 20%, calculado con una probabilidad del 95%. En el Plan de
Manejo se incluye un listado de los datos recopilados durante el inventario
para facilitar una futura auditoria de la credibilidad del inventario.
Existen muchas publicaciones que pueden ser
utilizadas para ampliar el tema de los inventarios forestales. Para el caso de
la aplicación de este Código de Prácticas se recomienda tomar en cuenta dos
documentos:
Inventarios
forestales para bosques latifoliados en América Central. 2002. Lorena Orozco,
Cecilia Brumér (eds).Turrialba, CR, CATIE. 264 p. (Serie técnica. Manual
Técnico; no.50).
Manual
para el manejo de bosques pequeños de bosque húmedo tropical (con especial
referencia a la
Zona Norte de Costa Rica). 1998. Stewart Maginnis,
Jhonny A. Méndez Gamboa, Jonathan Davies. --San Carlos, CR, CODEFORSA. 208 p.
• No se aprovechan bosques cuya condición no
soporte una nueva intervención sin alterar la estructura disetánea.
Con el fin de determinar si el bosque puede
aceptar un nuevo aprovechamiento forestal se comparan los valores actuales de
los parámetros que caracterizan el bosque con valores de referencia
preestablecidos. Los valores de referencia establecen los umbrales que la Comisión Nacional para la Sostenibilidad Forestal ha
establecido que se deben respetar, para asegurar la conservación de los bosques
y sus funciones vitales.
• Valor de Referencia Mínimo de área basal por
tipo de bosque de la unidad de manejo sujeta a aprovechamiento.
El bosque sujeto de aprovechamiento se
encuentra sobre un Valor de Referencia Mínimo (VRM) de área basal de los
individuos arriba de 30 cm de
dap para las especies comerciales y no comerciales. Dicho umbral puede variar
para diferentes tipos de bosque dentro de cada subregión del Sistema Nacional
de Áreas de Conservación, definidos con la participación de expertos tanto del
sector público como del sector privado forestal y del sector académico. En la
actualidad se cuenta con Valores de Referencia Mínimos para una sección de la Región Huetar Norte
y Atlántica y un Valor de Referencia Mínimo común para el resto del país (Anexo
5).
• Valor de Referencia Máximo del porcentaje del
gremio de las especies heliófitas efímeras de la unidad de manejo sujeta a
aprovechamiento
El bosque sujeto de aprovechamiento se
encuentra bajo un Valor de Referencia Máximo (VRMx) de abundancia del gremio de
las especies heliófitas efímeras. La abundancia de los árboles del gremio
ecológico conformado por las especies heliófitas efímeras no supera el 15% del
total de árboles arriba de 10 cm dap,
con base en los resultados del inventario por muestreo. Actualmente se cuenta
con un listado de las especies arbóreas que pertenecen al gremio ecológico de
las heliófitas efímeras que se debe utilizar como base para la clasificación de
estas especies a partir de los resultados del inventario por muestreo (Anexo
6). Para efectos del cálculo de este umbral se deben considerar como parte del
gremio de heliófitas efímeras las especies clasificadas como indeterminadas y
los individuos de especies desconocidas como principio precautorio.
• Establecimiento de diámetros mínimos de corta
por especie
Se respetan diámetros mínimos de corta para
evitar disminuir la capacidad de regeneración de las especies manejadas debido
a la eliminación de la población reproductiva. El diámetro mínimo de corta
(DMC) general está establecido en 60 cm de
dap, sin embargo, existe un listado de excepciones (Anexo 7) con las especies a
las que les ha definido un DMC diferente. La Administración
Forestal del Estado está facultada para recomendar
DMC por especie y modificar el listado del Anexo 7. Una vez identificadas las
especies a aprovechar se establece claramente los DMC a utilizar en el
aprovechamiento.
• Normas para el cálculo de la intensidad de
corta
Cálculo de la intensidad de corta, para
evitar la sobre-cosecha, se aprovecha lo que crece del
bosque a partir de una línea base. Una “regla de oro” del estándar de manejo
propuesto es que se aprovecha lo que crece el bosque. Por lo tanto, para
calcular la intensidad de corta cuando no se dispone de registros históricos de
la unidad de manejo se parte de los datos obtenidos del censo comercial actual
y se utiliza la metodología denominada “Tiempo de Paso”, que contempla el
periodo en que los árboles de una determinada clase diamétrica pasan a la
siguiente. La metodología de Tiempo de Paso asume que los árboles dentro de una
clase diamétrica están distribuidos de manera uniforme en toda la clase y
crecen a una misma tasa de crecimiento.
Cuando se cuenta con registros históricos
confiables de manejo, la intensidad de corta se calcula como el exceso de
árboles o área basal actual sobre el remanente por encima del DMC de la cosecha
anterior. Para el caso de las especies que en el pasado eran consideradas como
no comerciales o no se aprovecharon por diferentes razones, pero que
actualmente se desean aprovechar debe incluirse en el plan de manejo actual una
justificación técnica que explique que no fueron aprovechadas, pudiéndose
recomendar una intensidad de corta del 60 por ciento de los individuos mayores
al DMC, con el fin de ser consecuentes con las prescripciones de
aprovechamiento que en el pasado eran aplicadas. Para calcular la intensidad de
corta de estas especies que no se aprovecharon también se puede utilizar la
metodología denominada “Tiempo de Paso”, si así se desea, por lo tanto, para
calcular la intensidad de corta se debe partir de un censo forestal de los
individuos con diámetros mayores a un dap igual al DMC definido en la cosecha
pasada, o a un dap mayor al límite menor de la clase diamétrica inmediatamente
inferior al DMC actual por especie.
Cuando se cuenta con registros históricos
confiables del manejo, pero se detectan imprecisiones en la anterior
identificación dendrológica de algunas especies, para calcular la intensidad de
corta de las especies que presentan imprecisiones pero que actualmente se
identificaron correctamente se parte de los datos obtenidos del censo comercial
actual y se utiliza la metodología denominada “Tiempo de Paso”.
Bibliografía
recomendada sobre la metodología de Tiempo de Paso:
Morales
J. 2004. Revisión de la corta anual permisible. San José, CR, WWF, PROARCA.
(Serie técnica Nº 1).
Orozco,
L. (ed.). 2004. Planificación del manejo diversificado de bosques latifoliados
húmedos tropicales. Turrialba, CR, CATIE. 329 p. (Serie Técnica. Manual Técnico
no. 56).
• Normas para la determinación de los ciclos de
corta
A través de la historia de la silvicultura
tropical han sugerido diferentes métodos para determinar los ciclos de corta,
que permitan obtener un flujo de bienes y servicios del bosque sin menoscabar
la capacidad de recuperación del rodal. En Costa Rica, lo concerniente al ciclo
de corta en bosque natural está contemplado
en el Artículo 17 del Reglamento a la Ley Forestal 7575,
Decreto Ejecutivo Nº 25721 - MINAE, en
el cual se menciona lo siguiente:
“...
El profesional forestal podrá determinar el ciclo de corta, en función de la
información sobre crecimiento de los bosques naturales que exista y tomando en
cuenta la dinámica particular del bosque y las condiciones de la zona. En casos
que no se disponga de esta información el ciclo de corta no podrá ser menor de
15 años, reservándose la
AFE la facultad de ampliar o reducir este plazo,
previa recomendación técnica de la
CNCF”
Por lo
tanto, cuando no se dispone de registros históricos de la unidad de manejo, el
ciclo de corta mínimo es de 15 años de acuerdo a lo establecido en la
legislación.
Cuando
se cuenta con un registro confiable sobre la unidad de manejo, es posible
establecer el periodo de tiempo que ha transcurrido desde el aprovechamiento
anterior y la presente evaluación del bosque. Si se cuenta con una Parcela
Permanente de Muestreo en la unidad de manejo, el ciclo de corta puede
reducirse hasta un mínimo de 10 años; en este caso se debe cumplir con la
siguiente condición:
Para
justificar un turno menor a 15 años, pero no menor a 10 años, se debe comparar
estadísticamente la similitud de las “comunidades de especies comerciales”
observadas en el inventario por muestreo de la condición actual del bosque, y
la observada según inventario forestal realizado en la unidad de manejo antes de
ejecutar el aprovechamiento anterior. Si no existe diferencia estadísticamente
significativa entre ambas comunidades, o bien la nueva comunidad presenta una
abundancia y composición mejorada en términos de especies comerciales, entonces
se procede a comparar los umbrales de área basal y el de las heliófitas
efímeras.
• Criterios para la selección de árboles a
cosechar
Los árboles a cosechar se seleccionan
siguiendo los siguientes criterios:
▪ Los árboles a cosechar no pueden pertenecer a
una especie con una abundancia menor o igual a 0,3 árboles por hectárea
(especies poco abundantes), según lo estimado por el inventario preliminar de
los árboles con dap mayor o igual a 30 cm.
▪ Deben estar ubicados dentro del área efectiva
del bosque.
▪ Deben estar accesibles para su extracción
considerando la red de caminos actual y por establecer.
▪ Debe procurarse que su corta no afecte los
árboles comerciales remanentes.
▪ La distribución de los árboles a cosechar
debe tratar de ser lo más homogénea posible, evitando concentraciones.
• Criterios para la selección de árboles
comerciales remanentes
Los árboles comerciales que no se cortan se
denominan “comerciales remanentes” y se seleccionan considerando los siguientes
criterios:
▪ Los árboles comerciales remanentes corresponden
a individuos de similares características a los de corta, por lo tanto no
corresponden a individuos de mala forma, dañados o ubicados en áreas de
protección.
▪ Dentro de las funciones de los árboles
comerciales remanentes se tiene la producción de semilla para repoblar el
bosque una vez que éste haya sido intervenido y la conformación del dosel
superior que disminuirá en parte la apertura de claros provocados por el
aprovechamiento, por lo tanto debe procurarse que su distribución sea lo más
homogénea posible, evitando concentraciones en lo posible.
Criterio
2.3: De simulación de la dinámica natural. En el bosque manejado se replica la
dinámica natural en cuanto al área de claros, con el fin de mantener los
procesos dinámicos de forma similar a lo que ocurre en condiciones sin
intervención.
• Términos de referencia del censo comercial
pie a pie
Se realiza un censo pie a pie sobre el área
efectiva total del bosque de todos los árboles con diámetros mayores a un dap
igual al DMC definido en la cosecha pasada, o a un dap mayor al límite menor de
la clase diamétrica inmediatamente inferior al DMC actual, por especie. Las
áreas productivas no incluyen aquellas áreas de protección definidas en la ley
7575 (artículos 33 y 34). En un anexo del Plan de Manejo se incluye el listado
de los datos recopilados durante el censo.
Utilizando los transeptos del inventario
forestal por muestreo u otros recursos tecnológicos (imágenes ortorectificadas
y sistemas de posicionamiento global), se realiza un recorrido total del área
productiva para el censo de la masa a cosechar. El censo se realiza de la
siguiente forma:
▪ El censo se realiza en el área efectiva. En
el caso de que se censen árboles de mala forma, dañados o que se ubican en un
área de protección no formarán parte del censo comercial y serán ubicados en el
mapa base con fines de control.
▪ Todos los árboles contemplados dentro del
censo comercial, incluyendo los árboles a cosechar, los árboles comerciales
remanentes y los árboles de especies vedadas, restringidas, poco abundantes y
otros, deben ser marcados con una placa y con pintura en el fuste con un número
coincidente entre ambas marcas.
▪ Los árboles deben ser identificados con un
número único. Se recomienda numerarlos consecutivamente sin diferenciar entre
corta, comerciales remanentes, o especies poco abundantes.
▪ Los árboles a cosechar serán identificados
con una X pintada en el fuste de manera que las marcas sean fácilmente visibles
a la hora de ejecutar las actividades de corta.
▪ En el mapa base de aprovechamiento se deben
de ubicar y diferenciar claramente todos los árboles contemplados dentro del
censo comercial, incluyendo los árboles a cosechar, los árboles comerciales
remanentes y los árboles de especies vedadas, restringidas, poco abundantes y
otros.
▪ A cada árbol se le mide su dap en centímetros
y se estima su altura comercial en metros. Además se determina su ubicación
espacial dentro del área de bosque.
• Normas para la ejecución de un sistema de
aprovechamiento forestal de impacto reducido
El aprovechamiento forestal debe ser
considerado como un sistema que busca realizar la cosecha de los árboles
seleccionados causando el menor impacto en el entorno. Las principales etapas
son las siguientes:
▪ Planificación del aprovechamiento de impacto
reducido tomando en cuenta todos los componentes del sistema
▪ Planificación y construcción de la red vial
tomando en cuenta el relieve (curvas de nivel), la ubicación de los árboles a
cosechar y la ubicación de áreas de protección por hidrología y pendientes
▪ Tala dirigida, desrame y descope
▪ Transporte menor
▪ Troceo
▪ Carga
▪ Transporte mayor
▪ Capacitación de los operarios, encargados del
aprovechamiento y regentes
▪ Monitoreo
Con el
fin de ayudar a planificar las labores de aprovechamiento y complementar
conceptos básicos del aprovechamiento de bajo impacto en bosques húmedos se
recomienda consultar, al menos, tres documentos:
Orozco,
L; Brumér, C; Quirós, D. (eds). 2006. Aprovechamiento de impacto reducido en
bosques latifoliados húmedos tropicales. 2006. Turrialba, CR, CATIE. 442 p.
(Serie técnica. Manual Técnico no.63).
Dykstra,
DP; Heinrich, R. 1996. Código Modelo de Prácticas de Aprovechamiento Forestal
de la FAO. Roma, IT, FAO.
Maginnis,
S; Méndez Gamboa, JA; Davies, J. 1998. Manual para el
manejo de bosques pequeños de bosque húmedo tropical (con especial referencia a
la Zona Norte de
Costa Rica). San Carlos, CR, CODEFORSA. 208 p.
• Valores de referencia del impacto del
aprovechamiento sobre la masa residual y el suelo y medidas de mitigación
Con el
fin de replicar la dinámica natural del bosque en cuanto al área de claros y
así mantener los procesos dinámicos de forma similar a lo que ocurre en
condiciones sin intervención, se cumple con las siguientes condiciones:
a) El área de claros ocasionada por la corta no
sobrepasa el 12% del área definida como bosque productor.
b) El área de patios de acopio ubicados dentro del
bosque no ocupa más del 1% del área de bosque productor.
c) Los caminos primarios ubicados dentro del
bosque, por los que circulan camiones, no ocupan más del 1% del área de bosque
productor; asimismo, las rondas de estos caminos no sobrepasan el 1% del área
de bosque productor.
d) Los caminos secundarios, donde solo circula el
tractor o ‘skidder’, no sobrepasan el 5% del área de bosque productor.
e) Las pistas de arrastre ocupan un máximo del 3%
del área de bosque productor.
f) La sumatoria de impactos anteriores no
sobrepasa el 15% del área de bosque productor.
Para
regular el área ocupada por claros ocasionada por la corta se contemplan los
siguientes aspectos:
a) Los árboles a cosechar están distribuidos lo
más homogéneamente posible evitando concentraciones.
b) El objetivo de la operación de corta debe ser
producir árboles o fustes de buena calidad en una posición que facilite su
extracción, causando el mínimo daño posible a la regeneración establecida y los
árboles comerciales remanentes.
c) Se debe aplicar el principio de corta dirigida
con el objetivo de facilitar las operaciones de arrastre. Dentro de lo posible
la dirección de caída de los árboles debe ser un ángulo entre 30 y 60 grados
con relación a la pista de extracción adyacente y con la culata del tronco
apuntando hacia la pista. La dirección de caída natural puede cambiarse en más
o menos 30 grados con respecto a la inclinación natural del árbol.
d) Los daños que causa la corta están
estrictamente relacionados con la intensidad con que se practica, es decir con
el número o volumen de los árboles cortados por hectárea.
e) La planificación de pistas de extracción
secundarias a nivel de documento no se justifica, ya que un cambio en la
dirección de la caída de algunos árboles puede significar que se pierda el
esfuerzo hecho en planificar esas pistas.
f) Los caminos primarios y secundarios están
trazados en el campo antes de iniciar las labores de aprovechamiento.
g) En las operaciones de arrastre mecanizadas, se
maximiza el uso del cable para reducir el área impactada por pistas de
arrastre.
h) Los trabajadores forestales poseen la capacidad
necesaria y son supervisados adecuadamente para implementar de forma correcta
el plan de manejo.
• Guía para la evaluación del impacto del
aprovechamiento
Para
determinar el impacto del aprovechamiento sobre la masa residual y el suelo se
considera la siguiente clasificación:
▪ Camino primario: todo aquel camino donde
transitan camiones y que termina en un patio de acopio.
▪ Patio de acopio: área en donde se almacenan
temporalmente las trozas o fustes para su posterior carga y transporte fuera del
bosque.
▪ Camino secundario: aquel camino que es
utilizado por le tractor de oruga o tractor forestal para transportar trozas
conectando las pistas de arrastre a los patios de acopio, por lo general es
utilizado para la extracción de varios fustes provenientes de un mismo sector
aprovechado por lo que existe remoción de la capa superficial del suelo.
▪ Pista de arrastre: aquel camino que solamente
es utilizado para tirar con cable del tractor de oruga o tractor forestal uno o
como máximo tres fustes, desde el punto donde se derribó el árbol hasta un
camino secundario, por lo general, debido al uso del cable, no existe remoción
de la capa superficial del suelo.
Para
estimar el impacto por caminos primarios, secundarios y pistas de arrastre se
sugiere hacer un levantamiento topográfico midiendo, distancia, rumbo,
pendiente y ancho de la vía de extracción cada 50 metros,
incluyendo la ronda.
Para la estimación de la dimensión de los
patios de acopio se sugiere utilizar el largo promedio por el ancho promedio o
levantamiento perimetral con distancia, rumbo y pendiente.
Para la estimación de la dimensión de los
claros se sugiere proceder de la siguiente manera:
▪ Se determina el tamaño del claro por
levantamiento del perímetro o por largo y ancho promedio
▪ Se hace un levantamiento total en áreas
menores a 10 ha
▪ Se hace un muestreo en áreas entre 10 y 50 ha, con
una intensidad de muestreo de al menos 20%, para estimar el tamaño de claro
promedio y se realiza un conteo de todos los árboles talados para así obtener
el área total
▪ Se hace un muestreo en áreas mayores de 50 ha, con
una intensidad de muestreo de al menos 10%, para estimar el tamaño de claro
promedio y se realiza un conteo de todos los árboles talados para así obtener
el área total.
Cualquier
cambio en los procedimientos metodológicos sugeridos anteriormente deberá ser
descrito detalladamente
El regente forestal presenta la información
de la determinación del impacto del aprovechamiento forestal realizado, como
parte del informe de cierre que debe realizarse para cada plan de manejo en
bosque natural.
• Normas para la aplicación de prácticas de
silvicultura positiva
Cuando se realizan tratamientos
silviculturales estos buscan mejorar las condiciones de competencia por luz y
sitio de los árboles de futura cosecha (silvicultura positiva). Los
tratamientos silviculturales son operaciones que modifican positivamente la
estructura del bosque, y van dirigidos a solucionar un problema específico, o
en general a reducir la intensidad de competencia sobre los árboles de interés.
Principalmente se pretende dar un espacio o sitio ideal para el desarrollo de
cada individuo deseado y permitirle además un buen grado de iluminación. Esto
se hace mediante la eliminación de un porcentaje de la masa no deseable o de
individuos que afectan a los árboles valiosos para futuras cosechas. La
eliminación de la competencia siempre será temporal, ya que la vegetación no
deseada se recupera y vuelve a ser un obstáculo para los árboles remanentes
deseables de futura cosecha. El área basal reducida entre el aprovechamiento
forestal y los tratamientos silviculturales (cuando se aplican) no excede el
40% del área basal de todos los individuos con dap mayor a 10 cm.
Bibliografía
recomendada sobre este tema:
Louman, B;
Nilsson, M; Quirós, D. (eds). 2001. Silvicultura en bosques latifoliados húmedos
con énfasis en América Central. Turrialba, CR, CATIE. 265 p. (Serie Técnica.
Manual Técnico no.46).
Ministerio
de Recursos Naturales Energía y Minas. 1994. Manual de procedimientos para el
manejo y aprovechamiento forestal en Costa Rica. San José, CR, Dirección
General Forestal, Departamento de Manejo y Producción Forestal. 110 p.
Quirós, D. 1998.
Muestreos para la prescripción de tratamientos silviculturales en bosques
naturales latifoliados. Guía de Campo. Manejo Forestal Tropical Nº 4. 12 p.
VI.—PRINCIPIO Nº 3: SOBRE LA FUNCIÓN DEL
BOSQUE EN LA
PROTECCIÓN DE SUELOS, AGUA, Y EL CONTROL DE OTRAS
ACTIVIDADES HUMANAS QUE PUEDAN AFECTAR LA INTEGRIDAD DEL
BOSQUE. El bosque bajo manejo forestal conserva su función de protección de
suelos y aguas, está libre de contaminación por desechos sólidos y líquidos
derivados de las actividades de manejo, y no tiene alteraciones producto de
actividades humanas.
Criterio
3.1: De protección de la calidad del agua. El manejo forestal protege la
calidad del agua presente en la unidad de manejo,
Criterio
3.2: De protección del suelo. El manejo forestal protege el suelo de la unidad
de manejo.
En
este capítulo se contempla la evaluación de los posibles impactos ambientales
del aprovechamiento forestal sobre la masa residual, el suelo, y el agua, con
sus correspondientes medidas de mitigación consideradas en el Plan General de
Manejo y consecuentes con los Criterios 3.1 y 3.2.
• Criterios para la selección de árboles a cosechar
Los
árboles a cosechar deben estar ubicados dentro del área efectiva del bosque que
no incluye las áreas de protección definidas en la ley 7575 (artículos 33 y
34).
• Impacto del aprovechamiento sobre la masa
residual y el suelo y medidas de mitigación
Si el impacto producido por el
aprovechamiento no excede el 15% del área efectiva de manejo se tiene entonces
que el 85% de ésta mantiene sus características de estructura y composición,
así como sus condiciones de suelo y agua presentes, situación que también
mantienen las áreas de protección presentes en el bosque.
Por lo
tanto, las medidas para mitigar el impacto en el suelo y el agua deben
enfocarse hacia las áreas que, de alguna forma, han sido afectadas por las
labores de cosecha, especialmente en aquellas que pasarán a ser parte de la
infraestructura permanente (caminos primarios y patios = 2% del área efectiva
de manejo).
En el
plan de manejo se identifican las nacientes y tomas de agua para abastecimiento
de acueductos, áreas de protección de nacientes permanentes, ríos y quebradas;
así como áreas de recarga acuífera cuando estas estén oficialmente
establecidas.
Los
caminos primarios y patios de acopio tienen las obras de conservación
necesarias para minimizar la erosión y la sedimentación excesiva en los
elementos hidrológicos. Asimismo, al concluir el aprovechamiento, se asegura el
mantenimiento de los caminos primarios con las medidas necesarias para evitar
la erosión.
Los
caminos secundarios poseen pendientes iguales o menores al 40%, los pasos de
agua son funcionales y los caminos tienen cortes de agua en los tramos largos
con pendientes altas. Al final del aprovechamiento, los caminos secundarios se
clausuran; además, se toman medidas para evitar la erosión y para restituir las
funciones y procesos del sistema natural de drenajes.
Los
residuos de vegetación derivados de las actividades de aprovechamiento (ramas,
fustes, etc.) son removidos de los cauces para restituir las funciones y
procesos del sistema natural de drenajes.
La
corta y la extracción se realizan preferiblemente cuando las condiciones
meteorológicas permiten minimizar el impacto negativo en el suelo y agua.
En
áreas con pendientes mayores a 60% no se realiza aprovechamiento maderable
utilizando tractor de oruga, debe utilizarse cualquier otro método que asegure
la conservación del suelo del bosque.
Se
toman medidas para controlar la contaminación por desechos sólidos y líquidos
derivados de las actividades de manejo. Después de concluir las actividades de
aprovechamiento, no quedan, ni en el bosque ni en los patios de acopio,
desechos inorgánicos líquidos o sólidos, ni sus contenedores. Los campamentos o
infraestructura rústica temporal, que alberga el personal encargado de las
labores propias del manejo forestal, son desmantelados una vez que han
concluido con sus funciones y los materiales que fueron utilizados en su
construcción, así como sus desechos, son removidos del área de manejo.
Después
de aplicar tratamientos silviculturales (si se aplican) no quedan en el bosque
desechos de productos químicos u otros desperdicios inorgánicos líquidos y
sólidos, ni sus contenedores.
Los
caminos primarios y secundarios están trazados en el campo antes de iniciar las
labores de aprovechamiento. Además, el mapa base de aprovechamiento es utilizado
en el campo por los trabajadores forestales.
Con el
fin de destinar la menor cantidad de área posible en infraestructura
permanente, en la unidad de manejo se reutilizan los caminos, vías de
extracción y patios en cada nuevo aprovechamiento. Los caminos primarios y los
patios de acopio son ubicados claramente en el campo, son reutilizados en cada
nuevo aprovechamiento y no abarcan un área mayor a un 2% del área efectiva de
manejo.
• Términos de referencia para la elaboración
del mapa base de aprovechamiento
Cada
Plan Operativo Anual de Aprovechamiento (POAa) incluye un mapa base de
aprovechamiento que incluye los siguientes elementos:
ñ Información base
ñ Pica madre y sistema de transeptos
ñ Sistema de caminos internos y vías de acceso
ñ Curvas de nivel: queda a criterio del
profesional forestal la frecuencia de despliegue de la curvas de nivel
ñ Hidrografía: se exige el cumplimiento de los
artículos 33 y 34 de la ley Forestal. Se incluirán solamente aquellos cauces de
flujo de agua permanente
ñ Ubicación de los árboles censados (corta,
comerciales remanentes, vedados, poco abundantes y restringidos)
ñ Caminos y patios de acopio a construir en él
área efectiva: el profesional forestal debe utilizar al máximo la
infraestructura existente.
ñ Áreas de protección hidrográficas y por
pendiente.
ñ Árboles secos o caídos que se desee extraer
(si es el caso)
ñ Ubicación de parcelas de inventario forestal
ñ Ubicación geográfica de la unidad de manejo y
la propiedad
ñ Ubicación política de la propiedad
ñ Identificación y firma del profesional
forestal
ñ Nombre del propietario
ñ Fecha de elaboración
ñ Escala: la escala mínima debe ser 1:10000
ñ Norte
ñ Simbología
Criterio
3.3: Criterio de protección del bosque contra alteraciones humanas. El manejo
forestal sostenible mantiene el bosque natural protegido de la influencia de
actividades que pongan en peligro la permanencia en el tiempo de los bosques
manejados.
• Medidas de protección y vigilancia a
desarrollar durante el plazo del plan de manejo (incluyendo categorización del
Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) de prevención de incendios)
De
acuerdo con el Reglamento a la
Ley Forestal Nº 7575 en el Plan General del Plan de
Manejo se deben definir las medidas de protección y vigilancia a desarrollar
durante el plazo del Plan de Manejo.
Además,
en zonas de alta y mediana incidencia de riesgo de incendios forestales, según
la clasificación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Anexo 8), se
establecen medidas preventivas (rondas cortafuegos) para el control de
incendios forestales que promuevan la permanencia en el tiempo de los bosques
manejados.
• Evaluación de Impacto Ambiental
De
acuerdo con el Artículo 5º del Decreto Ejecutivo Nº 34559-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 115
del 16 de junio de 2008, para aquellos casos en que los planes de manejo
requieran contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría
Técnica Nacional Ambiental (SETENA) conforme a las
disposiciones vigentes, la Administración
Forestal del Estado enviará a la SETENA copia
de la resolución de aprobación del plan de manejo, declaración jurada firmada
por el interesado y compromiso del regente forestal ante la SETENA en
materia de impacto ambiental. La presentación de estos documentos da por
satisfecho el requisito de la viabilidad ambiental de SETENA. En los Anexos 9 y
10 se incluyen los contenidos mínimos de la declaración jurada del interesado y
el compromiso del regente en materia de impacto ambiental
Además
el Plan de Manejo Forestal debe incluir la siguiente información:
a) Información relacionada con el uso de
combustibles fósiles
Deberá indicarse volúmenes y tipo de
combustibles fósiles que se utilizarán en motosierras, equipo móvil, plantas
para producir electricidad, etc. Asimismo se indicará lo referente al
almacenamiento del combustible y medidas a tomar en casos de derrame.
b) Información relacionada con el abastecimiento
de agua potable
Deberá indicarse la fuente de la que
abastecerá a los trabajadores de la actividad forestal, explicándose si se
tomará de una fuente superficial, pozo artesanal u otra forma.
c) Información relacionada a desechos en general
Deberá indicarse cómo se dispondrá de los
desechos producto de los campamentos, sitios de acopio de las trozas u otros,
indicando su forma de eliminación.
d) Manejo de aguas residuales (aguas negras)
Deberá indicarse la cantidad de letrinas a
construirse y su distancia de las fuentes de aguas superficiales.
e) Personal que laborará en la actividad
Deberá indicarse la cantidad y tipo de empleo
directo que genera la actividad forestal y su impacto en las comunidades
aledañas.
f) Uso de agroquímicos
De utilizarse agroquímicos para las
actividades de tratamientos silviculturales de bosque, deberá indicarse la
cantidad, composición química, sistema de almacenamiento y mecanismo de
destrucción de los remanentes en caso de requerirse.
De
acuerdo con el Artículo 5º del Decreto Ejecutivo Nº 34559-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 115
del 16 de junio de 2008, para aquellos casos en que los planes de manejo
requieran contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría
Técnica Nacional Ambiental (SETENA) conforme a las
disposiciones vigentes, la Administración
Forestal del Estado enviará a la SETENA copia
de la resolución de aprobación del plan de manejo, declaración jurada firmada
por el interesado y compromiso del regente forestal ante la SETENA en
materia de impacto ambiental. En los Anexos 9 y 10 se incluyen los contenidos
mínimos de la declaración jurada del interesado y el compromiso del regente en
materia de impacto ambiental.
VI.—DISPOSICIONES FINALES
• Configuración del Sistema de
Posicionamiento Global (GPS)
Para la utilización del GPS en la toma de
información técnica con el fin de georeferenciar los puntos solicitados en los
requisitos de los diferentes trámites de permiso contenidos en este Manual,
deberá configurarse este equipo en el sistema de coordenadas geográficas
latitud, longitud con el datum WGS 84 y en caso de que se transcriban puntos
geográficos estos se deben indicar en grados decimales.
• Catastro Forestal
Los archivos digitales entregados por el
interesado a la
Administración Forestal del Estado son los
siguientes:
1) Puntos de GPS indicando a que punto del
derrotero corresponden (Formato Shape)
2) Plano catastrado escaneado (*.TIFF, *.EMF,
*.WMF o *.JPG)
3) Polígono georeferenciado del plano catastrado
de acuerdo al derrotero (Formato Shape)
4) Polígono georeferenciado del área de bosque
(Formato Shape)
5) Los mapas finales aprobados solicitados en el
código de prácticas (Formato *.EMF, *.WMF o *.JPG)
6) Documento aprobado del Plan de manejo (formato
*.DOC y *.PDF)
7) Copia digital de la Resolución de
Aprobación (*.DOC y *.PDF)
Una
vez finalizado el aprovechamiento forestal deberán ser enviados a SIREFOR los
siguientes archivos:
8) Informe de cierre (Formato *.DOC y *.PDF)
9) Caminos y patios de acopio georeferenciados
dentro del área de bosque (Formato Shape)
• Acceso a información y consultas
Este Código de Prácticas será revisado
anualmente y se pondrá a disposición de los usuarios el sitio en Internet: www.sirefor.go.cr.
En este mismo sitio se evacuarán consultas relacionadas con la aplicación de
este Código y el Manual de Procedimientos.
También estarán disponibles para
el mismo objetivo los
sitios en Internet:
www.ing-agronomos.or.cr, www.fundecor.org, www.sinaccr.net y
www.una.ac.cr/inis.
• Inscripción del Contrato de Regencia
Para el trámite de aprobación del Plan de
Manejo, en el caso de inscripción de Formularios de Regencia Forestal, en la
modalidad de aprovechamiento forestal en bosque, una vez que sean evaluados los
requisitos técnicos y legales previos, la
AFE emitirá una Certificación dirigida al Colegio de
Ingenieros Agrónomos, en la que el funcionario público certificará la idoneidad
del propietario para firmar el Formulario de Regencia Forestal y que se han
cumplido todos los requisitos previos a la aprobación del Plan de Manejo. Con
esta certificación el propietario o el Regente Forestal procederán a la
tramitar el Contrato de Regencia ante el Colegio de Ingenieros Agrónomos y se
presentará posteriormente este Contrato de Regencia ante la AFE como requisito
para la entrega de la resolución respectiva.