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 Normativa >> Ley 4755 >> Fecha 03/05/1971 >> Articulo 172
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Normativa - Ley 4755 - Articulo 172
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Artículo 172
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Artículo 172.- Respeto a los derechos de los contribuyentes 

  La Administración Tributaria en su actividad deberá respetar los derechos y las garantías del contribuyente, establecidos en el artículo anterior, así como en el resto del ordenamiento jurídico, integrado por las normas escritas y no escritas necesarias para garantizar un equilibrio entre la eficiencia y la dignidad, la libertad y los demás derechos fundamentales consagrados en  la Constitución Política y en las leyes. 

(Así adicionado por el artículo 2° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012, "Ley de fortalecimiento de  la Gestión Tributaria")

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