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 Normativa >> Ley 4755 >> Fecha 03/05/1971 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 4755 - Articulo 22
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Artículo 22
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22

       Artículo 22.- Responsabilidad solidaria sobre deudas líquidas y exigibles

        Quienes adquieran del sujeto pasivo, por cualquier concepto, la titularidad de bienes o el ejercicio de derechos, son responsables solidarios por las deudas tributarias líquidas y exigibles del anterior titular, hasta por el valor de tales bienes o derechos.

        Para estos efectos, los que sean socios de sociedades liquidadas, al momento de ser liquidadas, serán considerados igualmente responsables solidarios.

(Así reformado por el artículo 1° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012, "Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria")

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