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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22199 >> Fecha 16/06/1993 >> Articulo 9
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<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 22199 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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ARTICULO 9.   El Consejo Nacional Sectorial de Finanzas se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cada vez que sea convocado por el Presidente del Consejo.                  

El Consejo establecerá sus propios procedimientos y normas de trabajo que deberá formular mediante reglamento interno.

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