Artículo 66
Artículo 66.—Tasa de entrega de mensajes
de texto. Corresponde a la cantidad de mensajes de texto entregados por
medio de la red móvil al cliente, usuario o a alguna plataforma de mensajería u
otros destinos. Para el caso de los mensajes entregados a los clientes o
usuarios se deberá considerar que el destino se encuentre dentro del área de
cobertura de la red móvil y tenga encendido su terminal telefónico.
Se medirá a través de la cantidad de mensajes
entregados por la red a sus destinos, respecto al total de mensajes recibidos
por el centro de mensajes y se establece mediante la siguiente fórmula:
La tasa de entrega de mensajes de texto se medirá en la hora cargada
media de este servicio y corresponderá como mínimo al 98% y los motivos de no
entrega de mensajes deberán ser desglosados y remitidos a la Sutel conforme el siguiente
detalle:
1) Destino
inválido.
2) Congestión
del centro de mensajes.
3) Congestión
de la plataforma destino.
4) Falla
técnica.
El cumplimiento de este parámetro, se evaluará mediante la siguiente
fórmula:
Donde:
%Tasa de entrega:
corresponde al % Tasa de entrega de mensajes de texto.
Umbral: corresponde
al valor mínimo de cumplimiento de 98%.
k: constante de
rigurosidad, fijada en un valor de 5.
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