Artículo 43
Artículo 43.—Completación de mensajes de voz. Este parámetro se
define como la relación porcentual entre la cantidad de intentos de
comunicación efectivos salientes de la central telefónica que van hacia la
plataforma de mensajes de voz, entre la totalidad de intentos de comunicación
con destino a dicha plataforma que recibe dicha central telefónica.
Se define como intento de comunicación
efectivo a todo intento que logra ser respondido por la plataforma y por tanto
se inicia el diálogo entre la plataforma y el usuario llamante.
Este parámetro mide el nivel de accesibilidad
de dicha plataforma por parte de los clientes o usuarios, sean éstos de la red
de telefonía o de otra red de telecomunicaciones.
Se medirá a través de la tasa de completación
de mensajes de voz de la siguiente forma:
Todos los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones
se encuentran en la obligación de cumplir con los siguientes umbrales de
calidad para este parámetro:
Año
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2009
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2010
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2011
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2012
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2013
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2014
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Umbral de
completación
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80%
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81%
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82%
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83%
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84%
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85%
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El cumplimiento de este parámetro, se evaluará mediante la siguiente
fórmula:
Donde:
%Completación de llamadas: corresponde al % Completación de mensajes de voz del operador o
proveedor en estudio, para el periodo evaluado.
Umbral: corresponde
al valor mínimo de cumplimiento, para el periodo en estudio.
k: constante de
rigurosidad, fijada en un valor de 5.
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