Artículo 45
Artículo 45.—Cumplimiento de demora de tono de invitación a marcar y
demora del tono de conexión. Todos los operadores y proveedores de
servicios de telefonía deberán asegurar que sus servicios se presten en
cumplimiento con los siguientes umbrales de operación, para la hora cargada
media:
Parámetro
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Umbral
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Demora del tono de invitación a marcar
(UIT-T.431)
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< 3 s
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Demora del tono de conexión de llamada
(UIT-T E.721)
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< 6,5 s
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La demora del tono de invitación a marcar, se mide a partir del
instante en que se levanta el auricular y hasta que se recibe el tono respectivo,
lo anterior conforme a la recomendación UIT-T E.431 y su cumplimiento se
obtendrá conforme la siguiente fórmula:
Donde:
Demora tono:
corresponde al valor de demora en el tono de invitación a marcar obtenido para
el servicio en estudio para la hora cargada media.
Umbral: corresponde
a los umbrales de demora en el tono de invitación a marcar de la tabla anterior
para cada tipo de servicio.
k: constante de
rigurosidad, fijada en un valor de 0,5.
La demora en el tono de conexión de llamada, se mide a partir del
instante en que finaliza la marcación, hasta el momento en que se recibe
respuesta por parte de la red, lo anterior conforme a la recomendación UIT-T
E.721 y su cumplimiento se obtendrá conforme la siguiente fórmula:
Donde:
Demora conexión:
corresponde al valor de demora en el tono de conexión de llamada obtenido para
el servicio en estudio para la hora cargada media.
Umbral: corresponde
a los umbrales de demora en el tono de conexión de la tabla anterior para cada
tipo de servicio,
k: constante de
rigurosidad, fijada en un valor de 0,5.
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