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 Normativa >> Reglamento 0 - B >> Fecha 29/04/2009 >> Articulo 71
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Normativa - Reglamento 0 - B - Articulo 71
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Artículo 71
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CAPÍTULO SEXTO

CAPÍTULO SEXTO

Parámetros de calidad del servicio de telefonía internacional

SECCIÓN 1: INDICADORES DE EFICIENCIA DEL SERVICIO

DE TELEFONÍA INTERNACIONAL

 

Artículo 71.—Oportunidad en la entrega del servicio. Oportunidad en cuanto al tiempo que tarda en brindarse, en forma efectiva un servicio solicitado por el cliente, a partir del instante en que se efectúa la solicitud y hasta el momento en que efectivamente se recibe el servicio.

El umbral máximo de cumplimiento de este parámetro es de 3 horas.

La oportunidad en la entrega de servicios será evaluada por la razón porcentual de la cantidad de servicios entregados mensualmente, dentro de los plazos establecidos por la Sutel, respecto al total de servicios entregados mensualmente por el operador.

 

 

La oportunidad en la entrega de servicios calculada en la fórmula anterior, corresponderá a la calificación obtenida respecto a este parámetro.

Cuando el operador o proveedor no inicie la prestación del servicio en el plazo estipulado, el cliente podrá optar por la restitución de la totalidad del cargo pagado y, cuando hubiere lugar, la devolución del monto pagado por el cliente para la adquisición del equipo terminal requerido para la prestación del servicio, sin costo adicional.

Adicionalmente, en caso de incumplimiento del umbral establecido, ya sea de manera particular o general, la Sutel fijará las condiciones de adecuación de los cargos de instalación de manera proporcional al atraso adicional sufrido por el cliente.


 

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