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 Normativa >> Circular 41 >> Fecha 13/04/2009 >> Articulo 1
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Normativa - Circular 41 - Articulo 1
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CIRCULAR Nº 41-09

CIRCULAR 41-09

 

 

ASUNTO: Adición a la Circular Nº 16-09 “Lineamientos a seguir para el nombramiento en propiedad en las plazas vacantes” publicada en el Boletín Judicial 39 del 25 de febrero de 2009.

 

 

A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES

DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES GREMIALES

DEL PODER JUDICIAL

 

SE LES HACE SABER QUE:

 

El Consejo Superior en sesión 25-09, celebrada el 17 de marzo de 2009, artículo LX, dispuso adicionar a los lineamientos establecidos en la Circular Nº 16-09 para los nombramientos en plazas vacantes que, de conformidad con los artículos 33 y 34 inciso a) del Estatuto de Servicio Judicial, los servidores nombrados en propiedad por primera vez deberán cumplir un período de prueba de un año a partir de la fecha en que rige el nombramiento y los propietarios que pasen a ocupar otras plazas cumplirán un período de prueba de tres meses, en ambos casos en los puestos que están siendo nombrados.

 

 

San José, 13 de abril del 2009.

 

 

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