CIRCULAR Nº 41-09
CIRCULAR Nº 41-09
ASUNTO: Adición a la
Circular Nº
16-09 “Lineamientos a seguir para el nombramiento en propiedad en las plazas
vacantes” publicada en el Boletín Judicial Nº
39 del 25 de febrero de 2009.
A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES
DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES GREMIALES
DEL PODER JUDICIAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº 25-09,
celebrada el 17 de marzo de 2009, artículo LX, dispuso adicionar a los
lineamientos establecidos en la
Circular Nº
16-09 para los nombramientos en plazas vacantes que, de conformidad con los
artículos 33 y 34 inciso a) del Estatuto de Servicio Judicial, los servidores
nombrados en propiedad por primera vez deberán cumplir un período de prueba de
un año a partir de la fecha en que rige el nombramiento y los propietarios que
pasen a ocupar otras plazas cumplirán un período de prueba de tres meses, en
ambos casos en los puestos que están siendo nombrados.
San José, 13 de abril del 2009.
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