Artículo 5º—Para la consecución de sus objetivos y de lo propuesto en el
artículo anterior, la Comisión podrá contar con aportes provenientes del
Ministerio de Cultura y Juventud, de entidades públicas o privadas, todo con
fundamento y arreglo a la norma
Artículo 5º—Para la
consecución de sus objetivos y de lo propuesto en el artículo anterior, la Comisión podrá
contar con aportes provenientes del Ministerio de Cultura y Juventud, de
entidades públicas o privadas, todo con fundamento y arreglo a la normativa
vigente.
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