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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35228 >> Fecha 28/10/2008 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35228 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Para la consecución de sus objetivos y de lo propuesto en el artículo anterior, la Comisión podrá contar con aportes provenientes del Ministerio de Cultura y Juventud, de entidades públicas o privadas, todo con fundamento y arreglo a la norma

Artículo 5º—Para la consecución de sus objetivos y de lo propuesto en el artículo anterior, la Comisión podrá contar con aportes provenientes del Ministerio de Cultura y Juventud, de entidades públicas o privadas, todo con fundamento y arreglo a la normativa vigente.


 

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