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 Normativa >> Reglamento municipal 148 >> Fecha 28/04/2009 >> Articulo 11
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Normativa - Reglamento municipal 148 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Es prohibido la distribución, tenencia o consumo de cualquier tipo de drogas y licor en el parque o áreas públicas.


 

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