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 Normativa >> Reglamento municipal 148 >> Fecha 28/04/2009 >> Articulo 12
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Normativa - Reglamento municipal 148 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12.—Queda prohibido fijar o pintar avisos, anuncios, programas de cualquier clase y material en postes, candelabros de alumbrado, kioscos, fuentes, árboles, aceras, guarniciones, en general elementos de ornato de los parques y bulevares, salvo previa autorización notificada por el Municipio.


 

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