Artículo 35
Artículo
35.—Dictamen sobre el Reconocimiento de Beneficio
Ambiental Orgánico: Para las solicitudes que sean dictaminadas
positivamente, la UT solicitará, mediante el envío de las resoluciones a la
Dirección Administrativa y Financiera del MAG, para que proceda a pagar el
incentivo de este reconocimiento. Estos pagos serán girados mediante
transferencias.
|