CAPÍTULO IX
CAPÍTULO
IX
Promoción
de las exportaciones
Artículo 50.—Promoción en los mercados internacionales. De
conformidad con las acciones de fomento a las exportaciones de productos
orgánicos del MAG, el DFPAO, coordinará con Procomer para
diseñar un programa con el fin de promover la producción agropecuaria orgánica
nacional en los mercados internacionales, dirigido, prioritariamente, a las
personas micro, pequeñas y medianas productoras orgánicas y los GPO. Este
programa se orientará a promover la obtención, por parte de
las personas productoras, de precios que incorporen, en retribución equitativa,
los beneficios sociales y ambientales de este tipo de producción.
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