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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35242 >> Fecha 18/11/2008 >> Articulo 61
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35242 - Articulo 61
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Artículo 61
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Artículo 61.—Adición de la Lista de Maquinaria, Equipo e Insumos para la Producción e Industrialización de Productos Orgánicos a exonerar, en los Anexos del Decreto Ejecutivo Nº 34706-MAG-H-MEIC, denominado Reglamento al artículo cinco de la Ley Nº 7293 “Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su Derogatoria y Excepciones”, publicado en La Gaceta Nº 167, del 29 de agosto del 2008: La Dirección General de Hacienda y la Dirección de Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura y Ganadería, por recomendación de la Comisión Técnica de Exoneraciones de Insumos Agropecuarios, mediante resolución administrativa, adicionará al Decreto Ejecutivo Nº 34706-MAG-H-MEIC, denominado “Reglamento al artículo cinco de la Ley Nº 7293 Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su Derogatoria y Excepciones”, del 29 de agosto de 2008, en forma semestral, la lista de Maquinaria, Equipo e Insumos para la Producción e Industrialización de Productos Orgánicos a exonerar, que no se encuentren contenidos en los anexos I y II del Reglamento al artículo 5 de la Ley Nº 7293 del 31 de marzo de 1992 y sus reformas. Dichos rubros pasarán a formar el Anexo IV, denominado “Maquinaria, Equipo e Insumos para la Producción e Industrialización de Productos Orgánicos”, incluyendo en la lista los vehículos de trabajo con compartimiento de carga descubierto, con capacidad de carga útil igual o superior a dos toneladas.


 

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