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 Normativa >> Reglamento municipal 16 - A >> Fecha 18/08/2008 >> Articulo 26
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Normativa - Reglamento municipal 16 - A - Articulo 26
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Artículo 26
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CAPÍTULO V

CAPÍTULO V

Definición de los requisitos básicos de los puestos

en la auditoría interna municipal

Artículo 26.—Idoneidad del auditor y subauditor internos. El auditor y el subauditor internos deberán caracterizarse por su idoneidad para los puestos correspondientes. Por ello, serán profesionales altamente capacitados en materia de auditoría que reúnan los conocimientos, experiencia, aptitudes, habilidades para administrar la Unidad de Auditoría Interna, asimismo, que cumplan con los demás requisitos establecidos en los perfiles de la institución a la que le brindarán sus servicios. Al Subauditor le corresponderá sustituir durante las ausencias del Auditor Interno y un colaborador de éste en el descargo de las funciones; el auditor asignará las funciones al subauditor y éste deberá responder ante él por su gestión.


 

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