Artículo 27
Artículo 27.—Idoneidad de los funcionarios de Auditoría Interna:
Los demás funcionarios de la Unidad de Auditoría Interna, excepto el puesto de
la secretaria, que ejecuten labores de auditoría, deberán ser profesionales
capacitados en materia de auditoría interna, con conocimientos en el ámbito
contable y administrativo y en algunos casos en áreas especializadas como son:
de informática, ingeniería civil, derecho y administración.
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