Artículo 40
Artículo 40.—Informe y otras comunicaciones de la Auditoría Interna.
La Auditoría Interna genera informes con recomendaciones de los procesos que se
lleven a cabo, sujetas al procedimiento establecido en el Capítulo IV de la Ley
General de Control Interno. Estos informes se podrán dirigir al jerarca, a los
titulares subordinados o ambos, con competencia y autoridad para ordenar la
implantación de las respectivas recomendaciones.
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