Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35311 >> Fecha 27/05/2009 >> Articulo 21
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 21     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 35311 - Articulo 21
Ir al final de los resultados
Artículo 21
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 21

Artículo 21.—Mantenimiento normal: Cuando los beneficiarios demuestren que han aplicado correctamente medidas de custodia y conservación de los aparatos y equipos prestados y sobrevengan necesidades de practicarles acciones de mantenimiento preventivo y correctivo, la proveeduría institucional se encargará de atender las diligencias que correspondan.


 

Ir al inicio de los resultados