Artículo 113
Artículo 113. — De
la Valoración Final del Postulante en las Pruebas Nacionales de Bachillerato en
Educación Media. La calificación del postulante en cada una de las asignaturas,
se determinará mediante la combinación porcentual de la calificación
obtenida en la respectiva prueba de Bachillerato con la “nota de presentación”,
según se detalla a continuación:
a) La calificación
obtenida en la respectiva prueba de bachillerato tendrá un valor del 60% del
total de la calificación final de la asignatura.
La calificación de
la prueba nacional de Bachillerato en Español será el promedio de las
calificaciones que obtenga el postulante en Composición y Ortografía y
Gramática y Literatura.
b) La “nota de
presentación” constituirá el 40% del total de la calificación final de la
asignatura.
Para todos los
efectos anteriores, la escala utilizada será de 1 a 100.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 40815 del 8 de diciembre de 2017).
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