Artículo 22
Artículo
22.—De los Componentes de la Calificación. La nota de los estudiantes en cada
asignatura para cada período, excepto en el primer año de la Educación
General Básica, se obtendrá sumando los porcentajes correspondientes a las
calificaciones obtenidas por los estudiantes en los siguientes componentes:
a)
Trabajo cotidiano,
b)
Trabajo extraclase,
c)
Pruebas,
d)
Proyecto (según corresponda),
e)
Concepto,
f)
Asistencia.
(Así reformado por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 38273 del 11 de febrero del 2014)
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