Artículo 94
Artículo 94.—De la Estructura, Validez y Confiabilidad de las
Pruebas Nacionales. La estructura de las pruebas nacionales corresponderá a
los criterios técnicos definidos por los especialistas en evaluación de las
diferentes asignaturas, según la naturaleza de cada asignatura, los criterios
de tiempo y de recursos disponibles. La validez y confiabilidad de las pruebas
nacionales y de los ítemes se establecerán de acuerdo con los resultados de los
análisis hechos con base en los procedimientos científicos y técnicos aplicados
a su proceso de desarrollo. Estos resultados proveerán los indicadores de
validez y confiabilidad en función de las respuestas de los examinados y
definirán la calidad, pertinencia de la prueba y de los respectivos ítemes.
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