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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35355 >> Fecha 02/06/2009 >> Articulo 54
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35355 - Articulo 54
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Artículo 54
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Artículo 54

Artículo 54.—De la Promoción en los Cursos por Tutoría. Los criterios de evaluación y las normas de promoción de los cursos por tutoría serán los mismos establecidos para los cursos regulares en el Capítulo I de este Reglamento en lo que sean aplicables. En III Ciclo de Educación General Básica y en Educación Diversificada, su ponderación será la siguiente:

 

a) Trabajos especiales 25%.

b) Pruebas (mínimo tres) 70%

c) Asistencia 5%


 

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