Artículo 60.—De los Deberes y Obligaciones del Estudiante. La
evaluación de la conducta del estudiante comprende el estricto cumplimiento de
los deberes y obligaciones que se relacionan con el conjunto de valores propios
del ambiente escolar y de la comunidad, donde el educando se desenvuelve. Estos
deberes y obligaciones incluyen:
a) Mostrar una conducta y comportamiento que lo
dignifiquen como persona y que enaltezcan el buen nombre tanto de la
institución educativa a la que pertenece, como de la comunidad en general.
b) Vestir con decoro y cumplir estrictamente con
las regulaciones establecidas por la Institución en cuanto al uniforme y a la
presentación personal.
c) Asistir con puntualidad a las actividades
escolares a las que se le convoque oficialmente tanto curriculares como
extracurriculares.
d) Atender con compromiso, responsabilidad,
seriedad y esfuerzo sus procesos de aprendizaje.
e) Contribuir, con su conducta y su participación
responsables, en la creación, el mantenimiento y el fortalecimiento de un
ambiente adecuado para el aprendizaje.
f) Colaborar y participar activamente, en la
forma que lo indiquen los educadores, en las lecciones o actividades escolares
a las que se le convoque oficialmente.
g) Practicar con esmero las normas de
consideración y respeto en sus relaciones con sus compañeros, con los profesores,
personal, autoridades de la institución y, en general, con todas las personas.
h) Respetar celosamente las normas de convivencia
humana, dentro y fuera de la institución y, muy particularmente, los derechos
que corresponden a las demás personas.
i) Actuar, en todo momento y lugar, con la
dignidad y el decoro que imponen las normas de urbanidad vigentes en la
sociedad costarricense.
j) Respetar la integridad física, emocional y
moral de sus compañeros, sus profesores y, en general, de todos los funcionarios
de la institución y la comunidad.
k) Cumplir estricta y puntualmente con el
calendario, los horarios y las instrucciones que rigen para el desarrollo de
las actividades institucionales.
l) Respetar los bienes de sus profesores y
compañeros y de los funcionarios de la institución.
m) Cuidar y conservar con esmero las
edificaciones, instalaciones, equipo, material, mobiliario y, en general, todos
los bienes de la Institución.
n) Cumplir cabalmente las orientaciones e
indicaciones que le formulen las autoridades educativas, relacionadas con los
hábitos de aseo e higiene personal, así como con las normas de ornato, aseo,
limpieza y moralidad que rigen en la institución.
o) Tener a disposición, para toda actividad
escolar, el “Cuaderno de comunicaciones al hogar” y entregarlo cuando le sea
requerido por algún educador, funcionario o el director de la institución.
p) Informar, de manera pronta y completa, a sus
padres o encargados sobre la existencia de informes o comunicaciones que se
remitan al hogar.
q) Cumplir con todos sus deberes escolares.
r) Ejecutar, en forma personal, las pruebas de
evaluación a que debe someterse según los criterios y procedimientos de
evaluación que se establezcan.
s) Justificar, cuando fuere mayor de edad, en
forma razonada las llegadas tardías o ausencias a lecciones, actos cívicos o
cualesquiera otras actividades escolares previamente convocadas. Si fuere menor
de edad, deberá presentar la justificación suscrita por sus padres o
encargados.