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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35355 >> Fecha 02/06/2009 >> Articulo 68
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35355 - Articulo 68
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Artículo 68
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Artículo 68

Artículo 68.—De la Naturaleza de las Acciones Correctivas. Para efectos de la aplicación de la presente normativa, las acciones correctivas en todos los niveles, ramas y modalidades del sistema educativo tendrán, en lo esencial, propósitos formativos.


 

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