Artículo 100
Artículo 100.—De las Funciones de los Delegados Ejecutivos y de los
Delegados Auxiliares en las Pruebas Nacionales. El Delegado Ejecutivo será
el encargado de supervisar, vigilar y asegurar que las pruebas nacionales se
ejecuten conforme con las normas técnicas y mediante los procedimientos
establecidos para su validez y su confiabilidad. El Delegado Auxiliar tendrá la
responsabilidad y el deber de asistir al delegado ejecutivo en todas aquellas
tareas que fuese necesario para poder administrar exitosamente las pruebas
nacionales.
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