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ARTICULO 4º.- Toda persona, natural o jurídica, queda sujeta a los
mandatos de esta ley, de sus reglamentos y de las órdenes generales y
particulares, ordinarias y de emergencia, que las autoridades de salud
dicten en el ejercicio de sus competencias orgánicas y tiene derecho a
ser informada debidamente por el funcionario competente sobre las normas
obligatorias vigentes en materias de salud.
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