365
ARTICULO 365.- El aislamiento de una persona o grupo de personas
significa su separación de todas las demás, con excepción del personal
encargado de su atención durante el período de transmisibilidad o su
ubicación en lugares y bajo condiciones que eviten la trasnsmisión
directa o indirecta del agente infeccioso o personas o animales que sean
susceptibles o que puedan transmitir la enfermedad a otros según sea la
gravedad del caso.
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