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Normativa >> Ley 5395 >> Fecha 30/10/1973 >> Articulo 392
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Artículo 392
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Ficha de la Norma
Ley : 5395 (395 artículos) (2 transitorios)
Artículo:
Súbnúmero:
0
BIS
TER
QUATER
QUINQUIES
SEXIES
OCTIES
NOVIES
DECIES
UNDECIES
DUODECIES
TREDECIES
QUATTUORDECIES
QUINDECIES
Tipo:
Normal
Transitorio
Anexo
Ley : 5395 del 30/10/1973
Ley General de Salud
Ente emisor:
Asamblea Legislativa
Versión de la norma:
7 de 17
Normativa - Ley 5395 - Articulo 392
Artículo 392
Versión del artículo: 1 de 1
392
ARTICULO 392.- Se mantienen las derogatorias contenidas en el Código
Sanitario.