Artículo 11
Artículo 11.—Del
manejo documental con nuevas tecnologías: Cualquier otra tecnología
presente o futura que afecte el manejo documental en la Institución, estará a
cargo de la Dirección de Tecnología de Información, pero deberá manejarse en
coordinación con el Archivo Institucional. En caso de que alguna unidad
administrativa desee aplicar cualquiera de los procesos aquí descritos
(microfilmación, digitalización o nueva tecnología) al manejo documental, deberá
coordinarlo de previo con el Archivo Institucional. En los casos de
requerimientos de información almacenada en medios electrónicos, los usuarios
deben efectuar la coordinación a través de la Dirección de Tecnología de
Información.
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