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 Normativa >> Reglamento 8249 >> Fecha 30/06/2009 >> Articulo 26
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Normativa - Reglamento 8249 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26

Artículo 26.—Funciones del Comité. El Comité Institucional tendrá las siguientes funciones:

a) Evaluar y determinar la vigencia administrativa y legal de los documentos de la Institución. Para ello, establecerá las tablas de plazos de conservación de los Documentos, con arreglo a la Ley.

b) Someter a la aprobación de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, las tablas de plazos aprobadas por el Comité.

c) Consultar a la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cuando deba eliminar documentos que hayan finalizado su trámite administrativo y no existan tablas de plazos aprobadas.

d) Regirse por las normas formales que se utilizan en los órganos colegiados, en lo que sea razonablemente aplicable

e) Cualquier otra que procure un efectivo y eficiente manejo documental, de acuerdo con la legislación existente.


 

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