Buscar:
 Normativa >> Reglamento 8249 >> Fecha 30/06/2009 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Reglamento 8249 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 7º—Fondo Documental: El fondo documental que se conserva en los archivos, se organizará por medio de los sistemas de

Artículo 7º—Fondo Documental: El fondo documental que se conserva en los archivos, se organizará por medio de los sistemas de clasificación y los métodos de ordenación archivísticos definidos por el Archivo Institucional, respetando los principios de procedencia y orden original de los documentos.


 

Ir al inicio de los resultados