CAPÍTULO IV
CAPÍTULO
IV
Responsabilidades
y sanciones
Artículo 16.—Responsabilidades. Quien realice una quema, ya sea
con o sin permiso, será civil y solidariamente responsable de los daños y
perjuicios que pudieran ocasionarse, de acuerdo con las normas sobre
responsabilidad civil extracontractual que rigen nuestro ordenamiento jurídico.
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