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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35461 >> Fecha 03/08/2009 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35461 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Las labores de enumeración del X Censo Nacional de Población y del VI Censo Nacional de Vivienda se llevarán a cabo en el segundo trimestre del año 2011.


 

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