ARTÍCULO 204.-
En el acto inicial deberán cumplirse los
principios de imputación e intimación; también, deberán indicarse el objeto y
los fines del procedimiento, los recursos administrativos procedentes, así como
la oficina en que se encuentre el expediente administrativo para su consulta o
para obtener las fotocopias necesarias; asimismo, deberá indicarse la
obligación de aportar un medio o lugar para atender notificaciones.
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