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 Normativa >> Ley 8764 >> Fecha 19/08/2009 >> Articulo 7
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Normativa - Ley 8764 - Articulo 7
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Artículo 7
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ARTÍCULO 7.-

 

La política migratoria se orientará a la implementación de acciones conjuntas, por medio de la coordinación interinstitucional, a fin de brindar una respuesta efectiva a la situación migratoria.  Asimismo, buscará impulsar acciones binacionales o multinacionales con los países expulsores de población migrante tendientes a conseguir:

 

1)   La búsqueda de la complementariedad entre la mano de obra nacional y la migrante, en forma tal que no exista un desplazamiento de la mano de obra nacional por la incorporación de trabajadores inmigrantes.

 

 

2)   El respeto a los derechos humanos y las garantías constitucionales de toda persona extranjera que ingrese y permanezca en el país.

 

3)   La integración de las personas extranjeras en los procesos económicos, científicos, sociales, laborales, educativos, culturales y deportivos.

 

4)   El respeto a las costumbres, la convivencia pacífica y la diversidad de los habitantes.

 

5)   La adopción de medidas necesarias para garantizar la seguridad y el orden públicos.

 

6)   La facilitación necesaria de procesos de regularización de las personas que se encuentren en el territorio nacional, de conformidad con las políticas de desarrollo.

 

7)   La tramitación de toda gestión migratoria deberá garantizar el aseguramiento a la seguridad social por parte de las personas migrantes. Tal garantía obligará a que todo trámite migratorio deba contemplar, como uno de sus requisitos básicos, contar con los seguros que brinda la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

 

8)   El pleno respeto de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y la protección internacional de los refugiados.

 

9)   La incorporación de medios tecnológicos que garanticen una prestación eficiente y transparente de los servicios que brinda la Dirección General de Migración y Extranjería, así como la descentralización y simplificación de estos, en función del usuario y sus necesidades.

 

10) El reconocimiento de la riqueza multicultural existente en el país y del desarrollo de las potencialidades de todas las personas.

 

11) Las acciones que promuevan el retorno de las personas costarricenses que han migrado.

 

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