Artículo 15.—En
el caso de las exposiciones, la ubicación de las razas dentro del campo será
asignada por el Comité Organizador. Una vez establecida ésta, los espacios para
los animales de cada expositor inscrito, será fijada mediante una rifa en la
sede de la Asociación
respectiva, siete días naturales antes de la fecha de ingreso de los animales.
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