Artículo
3º—Modifíquese el texto del Reglamento para el Transporte Terrestre de
Productos Peligrosos, Decreto Ejecutivo Nº 24715, publicado en La Gaceta Nº 207 del
1º de noviembre de 1995, y del Reglamento para el Manejo de los Desechos
Peligrosos Industriales, Decreto Ejecutivo Nº 27001, publicado en La Gaceta Nº 101 del
27 de mayo de 1998, para que donde se consigna “fichas de emergencia” se lea
“Guía de Respuesta en Caso de Emergencia”.
En
el resto de la normativa nacional en donde se estipule el cumplimiento de las
“fichas de emergencia”, procédase a sustituir dicho nombre por el de “Guía de
Respuesta en Caso de Emergencia”.
|