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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35513 >> Fecha 09/09/2009 >> Articulo 39
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35513 - Articulo 39
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Artículo 39
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            Artículo 39.—Para facilitar los procesos de planificación y coordinación, la Dirección contará con dos instancias complementarias: el Consejo Asesor Regional y el Consejo de Supervisión de Centros Educativos. Asimismo, contará con un foro de reflexión y participación social denominado Consejo de Participación Comunal.


 

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