Artículo
70.—El Departamento de Servicios Administrativos y
Financieros se reunirá, de manera ordinaria, una vez por mes, con el propósito
de dar seguimiento y evaluar la ejecución de la programación anual, así como
coordinar acciones relacionadas con programas y proyectos de alcance nacional,
impulsados desde el Viceministerio Administrativo, por medio de las distintas
dependencias que conforman el Área Administrativa de las Oficinas Centrales.
Para efectos de control y seguimiento, el Jefe del Departamento de Servicios
Administrativos y Financieros llevará un registro de actas de las reuniones
realizadas, detallando en cada caso la agenda, los participantes y una breve
referencia de los temas tratados, así como los acuerdos adoptados.
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