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 Normativa >> Ley 8724 >> Fecha 17/07/2009 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 8724 - Articulo 13
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Artículo 13
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            ARTÍCULO 13.- Financiamiento y servicios no financieros y de desarrollo empresarial y avales o garantías

            En el marco de esta Ley, tendrán acceso a los recursos para financiamiento, avales o garantías y servicios no financieros y de desarrollo empresarial y además tendrán tratamiento prioritario y preferencial, las agrupaciones del TRC que desarrollen proyectos viables y factibles promovidos por las micros, pequeñas y medianas agrupaciones, en zonas de menor desarrollo relativo, según lo estipulado por la Ley Nº 8634, Sistema de Banca para el Desarrollo, de 23 de abril de 2008.

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